La navegación ha jugado un papel muy importante en la existencia de los pueblos ribereños dando lugar a normas jurídicas especiales, pudiendo afirmar que el Derecho marítimo es tan antiguo como el Derecho mismo. Durante mucho tiempo no hubo una distinción nítida del Derecho terrestre, lo cual obedecía a que no se daba la misma importancia a la clasificación y división de las nociones jurídicas. Las relaciones comerciales que se entablaban en el mar se alejaban mucho de las relaciones creadas por el tráfico terrestre y los principios generales del Derecho no bastaban para regirlas, sintiéndose la necesidad de reglamentarlas de forma especial. Los documentos de Derecho marítimo abundaron en toda época en todas las naciones marítimas, y esa abundancia justificó la necesidad de recopilar las normas aplicables a dichas relaciones.
El texto legislativo más antiguo en el que figuran reglas de Derecho marítimo es el Código de Hamurabi (unos 2000 años antes JC), sexto rey de Babilonia, grabado en un cilindro de piedra, que contemplaba situaciones como la construcción de naves, el contrato de embarque o el abordaje en los ríos. Hasta que se descubrió este Código, el Código de Manú es, al parecer, la fuente más remota, redactado en la India probablemente en el siglo XIII antes de JC. Además, se sabe que los Rodios tenían una ley marítima que ejerció gran influencia en la antigüedad, cuya sabiduría ensalzaron Estrabón y Cicerón, aunque dicho texto no se conserva. En el siglo XVI se publicó un texto griego titulado Derecho naval de los Rodios, pero se ha demostrado que ese texto era en realidad una compilación elaborada en la Edad Media, a finales del siglo XII. Todo lo más que se conserva lo componen algunos informes sobre puntos de Derecho marítimo ateniense, con referencias a la avería gruesa, el préstamo marítimo a la gruesa y la copropiedad de la nave1.